viernes, 29 de junio de 2012

Reforma de la ley penal del menor I


Javier Navarro Algás. Gerente de Fundación Pioneros.

El origen de la profesión del educa­dor social se remonta a mediados del siglo XX cuando, en el contexto de la II Guerra Mundial, muchos ni­ños, adolescentes y jóvenes deam­bulaban huérfanos por Francia y Alemania, frecuentemente come­tiendo delitos. Profesionales de ambos países, enemigos durante seis años, crearon una asociación que sirviera para restañar heridas, crear nuevos lazos de amistad y afrontar en común el reto de dar una respuesta a la infancia y juven­tud en conflicto.
Desde entonces, la sociedad ha avanzado muchísimo en el trata­miento de esta problemática. Se crearon instituciones para proteger a los menores, la educación social tuvo reconocimiento universitario, la justicia juvenil su propia sus­tantividad -diferenciada de la de adultos-, y se ha avanzado en la creación de un cuerpo de justicia juvenil internacional. En resumen, se pasó de la idea primitiva de res­ponder a los delitos castigando a una nueva basada en la educación y en la responsabilización.
Por eso, cuando en España se está hablado de un endurecimiento de la Ley de penal del menor en determinados supuestos, los res­ponsables políticos reconocen si­multáneamente la importancia de trabajar en medidas educativas y preventivas. Este enfoque es un lo­gro de toda la sociedad.
Mientras escribía este artículo es­cuché una entrevista con la directo­ra Icíar Bollaín. Refiriéndose a uno sus largometrajes, “Te doy mis ojos”, con el que ganó el Goya a la mejor película en el año 2003, explicaba los miedos de su guionista y de ella misma en el tratamiento de la vio­lencia contra la mujer, al descubrir que el terrible drama del maltrato nacía en contextos muy comple­jos, y que los maltratadores eran también personas cuyo compor­tamiento era preciso comprender, naturalmente sin justificar.
Finalizaba Icíar Bollaín diciendo que por más que endurecemos las leyes, el problema del maltra­to a las mujeres no se soluciona, y que la educación tiene mucho que ver con ello. Como profesional del mundo educativo, comparto su mismo punto de vista sobre el en­durecimiento de las leyes aplicado a la justicia juvenil.
Además, mi experiencia me dice que una misma medida judicial, independientemente del grado de dureza que entrañe, puede tener un efecto benéfico o, bien al con­trario, contribuir a empeorar la si­tuación. Depende en gran medida de quién y cómo la emplee. La cla­ve del asunto está en la inteligencia y comprensión de lo que la situa­ción exige, más que en la dureza a aplicar.
Imponer a una persona un largo periodo de privación de libertad, incluso una cadena perpetua re­visable, es una decisión que pone a prueba la dignidad de la propia sociedad. Por ello debiéramos es­tar seguros de que al término de esa pena la persona que ha delinquido habrá tenido la oportunidad de lle­var a cabo los cambios necesarios para relacionarse bien el día en que se reincorpore a la sociedad.
En resumen, me parece esencial la búsqueda de un consenso al abor­dar la reforma de la Ley. Necesita­mos tomar como referencia mo­delos de educación y reeducación exitosos y las mejores prácticas que ayuden a las personas a tomar la responsabilidad de sus vidas. 

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